Los proyectos de infraestructura suelen plantear debates complejos cuando afectan a comunidades indígenas, especialmente en asuntos vinculados al territorio, la consulta previa y la protección de derechos colectivos. En América Latina, uno de los casos que generó especial atención fue el de las comunidades Ngöbe Buglé en Panamá, afectadas por la construcción de la represa Chan 75.
En este escenario, Loreto Ferrer integró el equipo de especialistas que intervino en una misión de verificación promovida por la Fundación del Consejo General de la Abogacía Española (FCGAE). El trabajo desarrollado sobre el terreno hizo posible registrar la realidad de las comunidades y preparar un informe jurídico y técnico acerca de los efectos del proyecto, prestando especial atención a su eventual avance ante instancias interamericanas de derechos humanos.
La misión destinada a llevar a cabo la verificación en Panamá
La misión tuvo lugar del 25 al 30 de enero de 2011 y fue conformada por abogados expertos en derechos humanos. Buscaba constatar directamente en el terreno cómo se encontraban las comunidades afectadas por la construcción de la presa y comparar la información oficial con los testimonios de la población. Para cumplir ese propósito, el equipo sostuvo encuentros con autoridades, con representantes de la empresa encargada del proyecto, con organismos internacionales y con la Defensoría del Pueblo, y posteriormente se trasladó a Changuinola, en la provincia de Bocas del Toro, para recorrer las áreas impactadas.
Durante la visita, se recorrieron comunidades como Charco de la Pava y Valle del Rey, además de áreas de reubicación y espacios ya alterados por la obra. El contacto directo con las familias y con los líderes comunitarios fue una parte central del trabajo, porque permitió conocer de primera mano el nivel de tensión, vulnerabilidad y desarraigo que vivían muchas personas desde el inicio del proyecto.
Los ejes esenciales que estructuran el informe acerca de Chan 75
El análisis se estructuró en cinco ámbitos centrales: el derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado; la valoración de riesgos junto con el efecto social del proyecto; la devolución o compensación de tierras; las acciones de reparación; y la implicación de la comunidad en las decisiones y en los beneficios que surgen del desarrollo hidroeléctrico. Estos pilares posibilitaron examinar el caso de manera completa, integrando el marco jurídico nacional e internacional con la realidad constatada en terreno.
Tal como señaló Loreto Ferrer, el informe tenía la intención de brindar una base jurídica firme y bien documentada que resultara de utilidad tanto para las comunidades afectadas como para las instituciones competentes. Su objetivo no se limitaba a cuestionar el proyecto desde una visión teórica, sino que buscaba determinar si la actuación del Estado y de la empresa había respetado derechos esenciales de los pueblos indígenas, entre ellos la propiedad colectiva, la participación, la integridad cultural y personal, así como la consulta previa.
Hallazgos clave acerca de los derechos de las comunidades Ngöbe Buglé
Entre las conclusiones destacadas, el informe indica que al inicio no se reconocieron de manera adecuada ciertos derechos, en particular los vinculados con la personalidad jurídica de las comunidades y la tenencia colectiva de sus territorios. Esa omisión permitió que la obra siguiera adelante sin procesos apropiados de consulta ni evaluaciones completas sobre sus efectos sociales y culturales.
También se recopilaron relatos sobre situaciones de intimidación, uso desmedido de la fuerza, detenciones sin justificación y procesos de negociación que no aseguraban que las familias afectadas tomaran una decisión plenamente libre. A esto se agregaron dificultades en las áreas de reubicación, donde se detectaron carencias vinculadas al tamaño y la calidad de los lotes, las oportunidades para realizar actividades agrícolas y la adecuación de las viviendas a la cultura Ngöbe.
Otro punto especialmente sensible fue el impacto moral y cultural del desplazamiento. La documentación del caso mostró afectaciones al tejido comunitario, pérdida de referencias territoriales y una demanda de reconocimiento público por los daños causados, más allá de las reparaciones materiales.
El eventual camino frente a organismos internacionales
Uno de los aspectos centrales del trabajo consistía en que el informe pudiera utilizarse como insumo en un posible avance del caso dentro del sistema interamericano de derechos humanos. Por ello, la recopilación de testimonios y el examen detallado de documentos se convertían en piezas fundamentales para respaldar un expediente con alcance internacional. “Era esencial reunir elementos que resultaran valiosos si la Corte Interamericana optaba por admitir el caso. Por esa razón reunimos testimonios, detectamos patrones de actuación, revisamos los contratos de reubicación y estudiamos las reformas legislativas más recientes”, señala Loreto Ferrer.
Este tipo de procedimientos demanda una documentación minuciosa, un examen técnico detallado y la habilidad de interpretar tanto el entorno local como los estándares internacionales pertinentes. Por ello, más que una acción aislada, el trabajo directo en terreno junto con la preparación del informe se integran en una dinámica de cooperación internacional sustentada en evidencia, análisis jurídico y comprensión de realidades sociales complejas.
Un ejemplo específico integrado en una vivencia más extensa
La participación de Loreto Ferrer en esta misión refleja un tipo de trabajo profesional vinculado a la cooperación internacional, la documentación técnica y el análisis de casos complejos en América Latina. No se trata solo de acompañar procesos desde lo jurídico, sino también de contribuir a que las experiencias de las comunidades puedan traducirse en insumos útiles para la incidencia institucional y la defensa de derechos.
En conjunto, el caso Ngöbe Buglé y el informe acerca de Chan 75 evidencian que los equipos técnicos pueden asumir un papel significativo al evaluar disputas vinculadas con el territorio, los pueblos indígenas, el desarrollo y las instituciones internacionales.
